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Mostrando entradas de enero, 2016

AMORTIZACIÓN Y DEDUCIBILIDAD FISCAL DEL FONDO DE COMERCIO

AMORTIZACIÓN Y DEDUCIBILIDAD FISCAL DEL FONDO DE COMERCIO La Ley 22/2015 de Auditoría de Cuentas a través de su disposición final primera modificó, con efectos desde uno de enero de 2016, el Código de Comercio en el sentido de que el  fondo de comercio únicamente podrá figurar en el activo del balance cuando se haya  adquirido a título oneroso y se presumirá que, salvo prueba en contrario, su vida útil es de  diez años. Se vuelve así a una amortización contable del 10 por 100 anual si bien fiscalmente hay que atender a la disposición final quinta de la mencionada Ley 22/2015 que establece que dicha amortización contable será deducible con el límite anual máximo de la veinteava parte, es decir dicha amortización resultará deducible con el límite del 5 por 100 anual . Este cambio supone además que se elimina la obligación de dotar la reserva por fondo de comercio en la aplicación del resultado tal y como establecía la Ley de Sociedades de Capital. A partir de...

RETRIBUCIONES A SOCIO PROFESIONAL PARA COMPENSAR GASTOS DE DESPLAZAMIENTO

RETRIBUCIONES A SOCIO PROFESIONAL PARA COMPENSAR GASTOS DE DESPLAZAMIENTO La Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2683-15 de fecha 17 de septiembre concluye que las cantidades satisfechas por la empresa a un socio profesional para compensar gastos de desplazamiento se consideran rendimientos de actividades económicas, y no quedan exoneradas de gravamen en concepto de cantidades destinadas por la empresa para gastos de locomoción, manutención y estancia de sus empleados. En dicha consulta se argumenta que, con carácter general, las denominadas legalmente asignaciones para gastos de locomoción y para gastos de manutención y estancia se consideran rendimientos íntegros de trabajo, pero, excepcionalmente, estas asignaciones se exoneran de gravamen cuando se perciben por un trabajador por cuenta ajena cuando debe desplazarse fuera de su centro de trabajo para desarrollar el mismo, siempre que concurran determinados requisitos. Sin embargo, el régimen de diet...