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FACTURA ELECTRONICA

A partir del 15 de enero cualquier factura dirigida a la Administración Pública deberá ser electrónica . El Gobierno de España habilita la siguiente página web donde se pueden presentar las facturas, descargar la aplicación para emitir las facturas, manuales, etc. PUNTO GENERAL DE ENTRADAS DE FACTURAS ELECTRÓNICAS Todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración Pública podrán expedir y remitir factura electrónica . En todo caso, estarán obligadas al uso de la factura electrónica y a su presentación a través del punto general de entrada que corresponda las entidades siguientes: a) Sociedades anónimas. b) Sociedades de responsabilidad limitada. c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española. d) Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria. e) Uniones temporales de empresas. f) ...