Vamos a plantear un caso de una operación de compraventa entre empresas de un terreno rústico, para estudiar la operación desde el punto de vista del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD). La compraventa planteada en este supuesto, desde el punto de vista del IVA, se trata de una operación sujeta y exenta, por lo que tributará a través del Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) al tipo del 10%. La empresa compradora, en su condición de sujeto pasivo del Impuesto Sobre el Valor Añadido (IVA), puede renunciar a la exención comentada anteriormente, por lo que ya no tributaría por el Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) al tipo del 10% y entonces tributa al tipo del 21% de IVA. Se trata de IVA que soportará y pagará al vendedor. Si la empresa compradora tiene IVA devengado (repercutido) se lo compensará, pero si no es así, tendrá que solicitar devolución de IVA a ...
En este blog se intenta compartir conocimientos, utilidades y tareas que puedan ayudar a todas las personas que como yo se dedican diariamente a la administración y gestión de empresas.