CUENTAS ABREVIADAS Y OBLIGACIÓN DE AUDITAR La Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización modificó el Código de Comercio y la Ley de Sociedades de Capital para elevar los umbrales que permitirán a las sociedades, tanto anónimas como limitadas, formular balance, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria abreviados, lo que evita tener que formular estado de flujos de efectivo e informe de gestión. Así, podrán formular sus cuentas anuales con modelos abreviados aquellas sociedades en las que, a la fecha de cierre del ejercicio y durante dos años consecutivos concurran al menos dos de las circunstancias siguientes: A). Activo no superior a 4.000.000 de euros (antes el límite estaba en 2.850.000 euros). B). Importe neto de la cifra anual de negocios no superior a 8.000.000 de euros (antes 5.700.000 euros) y C). Número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no superior a 50 (criterio que no ha variado). Sobre la aplicación temporal d...
En este blog se intenta compartir conocimientos, utilidades y tareas que puedan ayudar a todas las personas que como yo se dedican diariamente a la administración y gestión de empresas.