En relación a la imputación de rendimientos de capital mobiliario derivado de cuentas bancarias a nombre de varios titulares, la Dirección General de Tributos, clarifica mediante la consulta vinculante V2918/2019 de fecha 22 de octubre de 2019. La consulta vinculante dice: "De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, los fondos depositados en una cuenta bancaria abierta a nombre de dos o más titulares con el carácter de indistinta o solidaria no pertenecen por ese solo hecho a todos los cotitulares (la cotitularidad no determina, por sí sola, la existencia de un condominio, y menos por partes iguales), sino que lo que tal titularidad de disposición solidaria significa es que cualquiera de dichos titulares tendrá, frente al banco depositario, facultades dispositivas del saldo que arroje la cuenta. La titularidad dominical sobre dichos fondos y, en su caso, la existencia de condominio sobre ellos, habrá de venir determinada únicamente por las relaciones internas entre amb...
En este blog se intenta compartir conocimientos, utilidades y tareas que puedan ayudar a todas las personas que como yo se dedican diariamente a la administración y gestión de empresas.