Responsabilidad solidaria y mancomunada; y Administración solidaria y mancomunada. Responsabilidad es la parte que asume un socio dentro una sociedad con respecto al pago de las deudas de la sociedad. Esta asunción de responsabilidad o de hacerse cargo de las deudas puede ser: solidaria o mancomunada. Un socio dentro de una sociedad ha hecho una aportación y tiene un porcentaje (pe.50%) del capital social. Si cuando llegan las deudas y la empresa no tiene suficiente patrimonio para hacerse cargo de ésta, y la responsabilidad del socio es ilimitada (el patrimonio de la empresa primero, y después el patrimonio personal de los socios), el socio deberá hacerse cargo de las deudas. Si es solidaria , el socio deberá responder a las deudas con su porcentaje, pero si el deudor le exige el total de las deudas, el socio deberá responder pagando el 100% de las deudas aunque su porcentaje de la empresa sólo sea un 50%, y luego éste socio ya se encargará de cobrar del ...
En este blog se intenta compartir conocimientos, utilidades y tareas que puedan ayudar a todas las personas que como yo se dedican diariamente a la administración y gestión de empresas.