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Mostrando entradas de 2020

COSTAS JUDICIALES: EL VENCEDOR PODRÁ DEDUCIR DEL IMPORTE QUE RECIBA EN CONCEPTO DE COSTAS LOS GASTOS EN QUE HAYA INCURRIDO CON MOTIVO DEL PLEITO, CON EL MÁXIMO DEL IMPORTE QUE RECIBA

El Tribunal Económico-Administrativo Central, en Resolución de 1 de junio de 2020, resuelve si para determinar a la hora de tributar por el IRPF, para la determinación de la ganancia patrimonial que puede suponer para el vencedor del pleito el importe de las costas que le entrega su oponente, que ha sido condenado en costas, puede deducir de ese importe los gastos en que él -el vencedor- incurrió durante el proceso. El Tribunal Económico-Administrativo Central, en Resolución de 1 de junio de 2020, resuelve en recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio, la cuestión consistente en determinar a la hora de tributar por el IRPF, si conforme con lo dispuesto en el art. 33.1 de la Ley 35/2006 (Ley IRPF), para la determinación de la ganancia patrimonial que puede suponer para el vencedor del pleito el importe de las costas que le entrega su oponente, que ha sido condenado en costas, puede deducir de ese importe los gastos en que él -el vencedor- incurrió durante el proces...

MODIFICACIÓN DEL PLAZO DE INGRESO EN PERÍODO VOLUNTARIO DE LOS RECIBOS DEL IAE 2020 PARA CUOTAS NACIONALES Y PROVINCIALES

Al igual que en años anteriores, la Resolución de 18 de mayo de 2020 (BOE de 20 de mayo de 2019), del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2020 relativos a las cuotas nacionales y provinciales, quedando fijado desde el 16 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2020, ambos inclusive. Asimismo establece que, para estas cuotas nacionales y provinciales, su cobro se realice, con el documento de ingreso que el contribuyente reciba, a través de las Entidades de crédito colaboradoras en la recaudación. En caso de extravío del mismo o en defecto de este por no haberse recibido, se deberá realizar el ingreso con un duplicado que se recogerá en la Delegación o Administraciones de la AEAT correspondientes a la provincia del domicilio fiscal del contribuyente, para el caso de cuotas de clase nacional, o correspondiente...

DONATIVOS COVID 19: EFECTOS FISCALES Y OBLIGACIONES FORMALES La AEAT especifica el tratamiento de los donativos COVID-19.

La AEAT publica una Nota sobre los beneficios fiscales que conllevan las donaciones para hacer frente el Coronavirus y cómo acreditar la justificación de dichos donativos. De acuerdo con el artículo 47 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, las donaciones realizadas para apoyo frente al COVID-19 quedan afectadas a la financiación exclusiva de los gastos derivados de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 y podrán destinarse a atender gastos tales como equipamientos e infraestructuras sanitarias, material, suministros, contratación de personal, investigación y cualquier otro que pueda contribuir a reforzar las capacidades de respuesta frente a dicha crisis sanitaria. Las donaciones realizadas en el año 2020 tendrán efectos fiscales en las declaraciones correspondientes a 2020 cuyo plazo de presentación se iniciará como regla general en el año 2021. ¿Qué beneficios fiscales conllevan estas donaciones para hacer frente al COVID-19? La Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régi...

REGULARIZACIÓN VOLUNTARIA DE DEUDAS TRIBUTARIAS MEDIANTE AUTOLIQUIDACIÓN. ENTRA EN VIGOR 01/05/2020

Está previsto que el próximo 1 de mayo de 2020 entren en vigor dos nuevos modelos tributarios. Se trata de los modelos 770 y 771, con los que se podrá ahorrar hasta un 25% en recargos por deudas , ya que se trata de una regularización voluntaria antes de recibir una notificación al respecto de deudas tributarias no declaradas o no satisfechas. Estos modelos solo están disponibles para regularizar aquellas deudas que se puedan generar a través de los impuestos que se presenten mediante autoliquidación. Afectan por lo tanto a autoliquidaciones de impuestos que tienen que ver con IRPF, Sociedades o IVA. Hay dos requisitos para saldar las deudas a través de esta nueva fórmula, que no exista requerimiento previo de Hacienda y el pago sea voluntario de autoliquidaciones. Para regularizar las deudas se tendrán que utilizar ambos modelos: El modelo 770 destinado a la autoliquidación e ingreso de intereses de demora y  recargos legalmente devengados para la regularización voluntaria previst...

EL 30 DE ABRIL: FECHA LÍMITE PARA LA LEGALIZACIÓN TELEMÁTICA DE LOS LIBROS DE COMERCIO Y DE LOS LIBROS SOCIETARIOS

El 30/04/2020 finaliza el plazo, como cada año, para que las Sociedades Mercantiles tienen la obligación de llevanza de los libros de comercio y de los libros societarios, entre ellos, el Libro de Actas y el Libro Registro de Socios (en caso de S.A., Libro Registro de Acciones Nominativas), exclusivamente en soporte electrónico y su legalización de forma telemática. En el Libro de Actas deberán transcribirse todas las actas de los órganos colegiados de las sociedades mercantiles, Actas de Junta General (mínimo el Acta de Junta General Ordinaria de aprobación de Cuentas Anuales), y Actas del Consejo de Administración (mínimo un acta al trimestre) en soporte electrónico. La legalización de este libro deberá realizarse todos los años. La legalización del Libro Registro de Socios o del Libro Registro de Acciones Nominativas solo será obligatoria el ejercicio en que se haya producido cualquier alteración en la titularidad de las participaciones o de las acciones o se hubieran constituido gr...

TITULARIDAD DE LOS SALDOS DE CUENTAS BANCARIAS QUE FIGURAN A NOMBRE DE VARIAS PERSONAS

En relación a la imputación de rendimientos de capital mobiliario derivado de cuentas bancarias a nombre de varios titulares, la Dirección General de Tributos, clarifica mediante la consulta vinculante V2918/2019 de fecha 22 de octubre de 2019. La consulta vinculante dice: "De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, los fondos depositados en una cuenta bancaria abierta a nombre de dos o más titulares con el carácter de indistinta o solidaria no pertenecen por ese solo hecho a todos los cotitulares (la cotitularidad no determina, por sí sola, la existencia de un condominio, y menos por partes iguales), sino que lo que tal titularidad de disposición solidaria significa es que cualquiera de dichos titulares tendrá, frente al banco depositario, facultades dispositivas del saldo que arroje la cuenta. La titularidad dominical sobre dichos fondos y, en su caso, la existencia de condominio sobre ellos, habrá de venir determinada únicamente por las relaciones internas entre amb...