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Mostrando entradas de febrero, 2015

PROYECTOS NORMATIVOS. NUEVA LEY DE AUDITORÍA

El Consejo de Ministros aprobó el pasado día 13 de febrero la reforma de la Ley de Auditoría que entrará en vigor en junio de 2016. Relacionamos las novedades más significativas de este proyecto de Ley. Tiempo máximo para prestar servicios de auditoría Se fija un periodo de rotación de 10 años en los servicios de auditoría. Transcurrido este plazo y si se celebra un concurso público, el auditor podrá seguir cuatro años más, siempre que entre otro auditor y se realice una auditoría conjunta. Limitación a los honorarios Se establecen limitaciones para honorarios a percibir por el auditor de las Entidades de Interés Público (EIP) que audita. El Ministerio de Economía considera EIP las entidades de crédito, aseguradoras y cotizadas (incluidas las que operan en el Mercado Alternativo Bursátil, MAB) entre otras ya vigentes como instituciones de inversión colectiva, fondos de pensiones y sociedades de garantía recíproca. Los límites a los honorarios se plantean por dos vías: en el c...

PRESENTACIÓN TELEMATICA LIBROS EN REGISTRO MERCANTIL

Presentación telemática de los libros en el Registro  Mercantil (art. 18 Ley 14/2013) A partir de la entrada en vigor de la Ley14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, entre otras novedades, se introdujo la legalización obligatoria de forma telemática, ya que en su  lo estipulado en el art. 18 Legalización de libros.   Desarrollando esta norma, ayer se publicó en el BOE la  Instrucción de 12 de febrero de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre legalización de libros de los empresarios en aplicación del artículo 18 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. En  la Ley de emprendedores se indicaba:   “1. Todos los libros que obligatoriamente deban llevar los empresarios con arreglo a las disposiciones legales aplicables, incluidos los libros de actas de juntas y demás órganos colegiados, o los libros registros de socios y...

AEAT - SOLICITAR DIAS PARA NO RECIBIR NOTIFICACIONES

DÍAS NO HÁBILES PARA NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS El BOE de 29/12/2011 publicó la  Orden   por la que se aprueba el modo de solicitar la declaración de un número máximo de 30 días anuales como inhábiles para poner a disposición de los contribuyentes notificaciones en su dirección electrónica habilitada. 1-. ¿Cuántos días son no hábiles al año? Un máximo de 30 a solicitud de los propios contribuyentes. No tienen que ser seguidos. Alguien puede pedir que no se le pongan a su disposición notificaciones durante los días 1 a 30 de agosto, pero también puede pedir que no se le pongan estas notificaciones a su disposición durante la primera quincena de agosto, y elegir el resto de días fraccionados, 5 días en Navidad, tres en Semana Santa, 1 para las fiestas de su pueblo y así sucesivamente… 2-. ¿Cómo se solicita el plazo? Obligatoriamente a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Si nos presentamos en las oficinas de la Administración a pedirlo en registr...