Vamos a plantear un caso de una operación de compraventa entre empresas de un terreno urbanizable, y que la empresa vendedora se encuentra en proceso consursal. En este artículo, se intenta estudiar la operación desde el punto de vista del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD). La compraventa planteada en este supuesto, desde el punto de vista del IVA, se trata de una operación sujeta, al tratarse de un terreno edificable (solares y terrenos aptos para la edificación) por lo que no tributará a través del Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) al tipo del 10%, sino que tributa al tipo del 21%. La empresa compradora, en su condición de sujeto pasivo del Impuesto Sobre el Valor Añadido (IVA), soportará y pagará al vendedor. Si la empresa compradora tiene IVA devengado (repercutido) se lo compensará, pero si no es así, tendrá que solicitar devolución de IV...
En este blog se intenta compartir conocimientos, utilidades y tareas que puedan ayudar a todas las personas que como yo se dedican diariamente a la administración y gestión de empresas.